La factura electrónica es la versión digital de la factura tradicional, de forma que pueda ser transmitida y conservada de manera electrónica, siendo funcional y legalmente equivalente a la factura tradicional.
La emisión de facturas en formato electrónico dispone de numerosas ventajas entre las que destacan:
Factura electrónica
Digitalizar el flujo de emisión de facturas entre las empresas beneficiarias y sus clientes
Facturas en formato estructurado: tendrás la posibilidad emitir facturas en formatos estructurados, al menos en formato FACTURA-E, para facilitar su tratamiento automatizado.
Facturas ilimitadas: podrás emitir un número ilimitado de facturas.
Clientes ilimitados: tendrás la capacidad de enviar facturas a un número ilimitado de clientes.
Productos o servicios ilimitados: podrás crear un número ilimitado de productos y/o servicios facturables dentro del catálogo.
Envío de facturas por correo electrónico: la solución implantada por el Agente Digitalizador de tu elección te posibilitará enviar facturas directamente por correo electrónico.
Personalización de facturas: las facturas serán personalizables, incluyendo la selección de tu logotipo.
Copia de seguridad periódicas: podrás realizar copias de seguridad, con posibilidad de una periodicidad diaria.
1GB Almacenamiento/Histórico de facturas: tendrás un almacenamiento de, al menos, 1GB para las facturas.
Integración con otras soluciones: la solución deberá disponer de APIs o Web Services para su integración con otras herramientas, así como permitir la carga de datos de manera manual.
Control de vencimiento de las facturas: tendrás un sistema de control del vencimiento de las facturas.
Cumplimiento: podrás asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable, en concreto el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012, así como cualquier normativa de aplicación.
Segmento III
0 < 3 empleados: 500 € (1 usuario)
Segmento II
3 < 9 empleados: 1.000 € (3 usuario)
Segmento I
10 < 50 empleados: 1.000 € (3 usuarios)
*Rango de precio sujeto a análisis detallado de las necesidades de cada empresa.
IVA NO INCLUIDO
*Rango de precio sujeto a análisis detallado de las necesidades de cada empresa.
IVA NO INCLUIDO
*Rango de precio sujeto a análisis detallado de las necesidades de cada empresa.
IVA NO INCLUIDO
PROGRAMA KIT DIGITAL COFINANCIADO POR LOS FONDOS NEXT GENERATION (EU)
DEL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILENCIA
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
El programa de ayudas Kit Digital está cofinanciado por la Unión Europea y enmarcado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.
Las soluciones digitales que proporciona el Kit Digital están orientadas a las necesidades de las pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos, que pertenezcan a cualquier sector o tipología de negocio.
Si eres una pequeña empresa, microempresa o autónomo este es tu momento.
¡Únete al Cambio Digital!
Para conseguir el Bono Digital tienes que seguir una serie de pasos, podrás hacerlo por tí mismo o podemos ayudarte en todo lo que necesites para poder acceder a tu bono digital sin complicaciones y para emplear tu tiempo en lo realmente importante.
Kit Digital ofrece un bono digital con una cuantía económica para que la administres escogiendo una o varias soluciones digitales de las ofrecidas por los agentes digitalizadores que desarrollen los servicios del catálogo, permitiendo subvencionar hasta el 100% de la inversión del proyecto de digitalización de tu empresa.
Estas son las antidades máximas subvencionables por tamaño de empresa.
Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 menos de 50 empleados: 12.000 €
Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000 €
Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados: 2.000 €
Las ayudas serán disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias estén incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa regulado en el artículo 12.
La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa del órgano concedente (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de estas bases y de las sucesivas convocatorias, «bono digital»), cuya efectividad estará sujeta a su correcta justificación) por las siguientes cuantías.
Se otorgará una única subvención pública por beneficiario entre todas las convocatorias del Programa, salvo que en estas se permita un número superior. Los beneficiarios abonarán el precio de las soluciones de digitalización que contraten, dentro de las incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, mediante la cesión, parcial o total, del derecho al cobro de la subvención concedida («bono digital») a los Agentes Digitalizadores Adheridos, que tendrán la obligación de aceptarla. Esta cesión del derecho al cobro de la subvención pública concedida se pactará, por los importes correspondientes, en los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, mediante su formalización, de conformidad con el artículo 30 de esta Orden